miércoles, 4 de enero de 2012

Evolución histórica de la coeducación

Evolución histórica de la coeducación

Las bases del actual sistema educativo comienzan a construirse en Europa a mediados del siglo XVIII. Se argumenta que las niñas ni deben estudiar ni necesitan una cultura profunda, porque ello las puede distraer y alejar de su función principal, la de esposas y madres. La posibilidad de una instrucción para las mujeres es reducida y el acceso a estudios medios y superiores les está prohibido.

Rousseau plantea unos principios claramente diferenciados para la educación de niños y niñas. Considera que hombres y mujeres han sido creados por la naturaleza de forma distinta, les ha dado intereses y capacidades también distintos. Por otra parte, aconseja emplear en la educación de la mujer todos los medios posibles para forzarla a aceptar su papel subordinado.
Sin embargo se dejan oír a finales del siglo XVIII y principios del XIX algunas opiniones de mujeres, que defienden la necesidad de instruir a las mujeres, porque ello aportará beneficios a los hijos, dado que ellas son sus primeras educadoras.

En España, las leyes educativas de los siglos XVIII y XIX explicitan que niños y niñas deben educarse en escuelas distintas y recibir enseñanzas también distintas. Si por una parte aumenta la necesidad de educar a las niñas, también se establece que su educación tiene que ser distinta a la de los niños. Hasta el siglo XIX no se determina en el ordenamiento legal que también deben aprender a leer, escribir y contar, actividades que desde tiempo atrás venían siendo obligatorias en las escuelas de niños. Sin embargo, la situación económica de los municipios hacía imposible, la existencia de dos escuelas, y por tanto frecuentemente niños y niñas iban al mismo centro, pero la atención y enseñanzas que recibían eran distintas.

A lo largo de todo el siglo XIX se avanzará muy lentamente en la escolarización de las niñas, en la formación de las maestras y en el derecho de las mujeres a realizar estudios superiores. El modelo legítimo y predominante continúo siendo el de la separación escolar. La existencia de numerosas escuelas rurales unitarias de niños y niñas es contemplada en la Ley de Instrucción Pública de 1857, que explicita claramente la obligatoriedad de mantener separados a niños y niñas en dichas escuelas unitarias.

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